.

.

¡¡POR FIN LA JUSTICIA COLOMBIANA HACE JUSTICIA!!

De nuevo el correo electrónico me hace llegar cosas graciosas de Derecho.
ojalá les parezca tan gracioso como a mi.


Sentencia del caso de Caperucita Vs el Lobo, que por fin ha sido juzgado por la Justicia Colombiana.


La Honorable Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia, Visto y considerando los acontecimientos por todos conocidos :

CONSIDERA:

1) Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo.
2) Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque.
3) Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda para que el Lobo calmara su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos.
4) Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y hay evidencias claras que primero conversa con ella.
5) Que es Caperucita quien voluntariamente le da pistas al Lobo y le señala el camino de la casa de la abuelita.
6) Que la anciana es ininmputable ya que confunde a su nieta con el Lobo.
7) Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa de la abuela, Caperucita no se alarma.
8) Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita demuestra lo poco que iba a visitarla, hecho que se tipificaría como abandono de persona anciana por parte de la joven Caperucita.
9) Que el Lobo, con preguntas simples y directas, quiere desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta final.
10) Que cuando el Lobo, que ya no sabe qué más puede hacer para alertarla, y se come a Caperucita, está realizando su última opción.
11) Que es altamente posible que Caperucita hiciera el amor bestialmente con el Lobo incluyendo alto disfrute.
12) Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo: «¿Adónde vas?» Y responde: «A bañarme desnuda en el río..»; cobra cada día más fuerza!
13) Que se desprende del punto anterior que es Caperucita la que provoca los más bajos instintos brutales y depredadores, en la pobre fiera.
14) Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la
conducta de la susodicha Caperucita.
15) Que merece un párrafo aparte la madre de Caperucita, quien exhibe culpabilidad por no acompañar a su hija conociendo los
peligros del bosque.

Por todo lo antes dicho, se absuelve al Señor Lobo y se dispone además:
1.- Hacer comparecer a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela que se presente en el hospital que se designe, para su observación gerontológica
2.- A la madre, para que cumpla correctamente con sus deberes paterno-filiales.
3.- A Caperucita, Trabajo comunitario en el zoológico local para conocer plenamente la naturaleza y el instinto animal.
Indemnizará al Sr.Lobo a razón de $100.000 diarios y ha que le sea preparada todas las tardes su merienda durante un año.
4. A pagar las costas del proceso. Aclarar asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el buen nombre y honor del señor Lobo.

Publíquese, archívese, y téngase por firme el presente fallo.


LA ANTERIOR DECISIÒN LA TOMA LA HONORABLE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE COLOMBIA EN NOMBRE DE DIOS Y DE LA PATRIA, QUE NOS CONCEDIO EL PRIVILEGIO DIVINO DE JUZGAR A QUIEN QUERAMOS, SEGÚN SI EL DÍA AMANECE OSCURO O CLARO...


0 comentarios:

Publicar un comentario